EL RESPETO A LA LEY

ALDO LAVAGNINI

El respeto a la Ley y a la Autoridad Constituida (y, por consecuencia, a cualquier forma de gobierno sin distinción) ha sido siempre uno de los primordiales requisitos de la Masonería y de las reglas de conducta de los iniciados de todos los tiempos.
Aunque éstos reconozcan por encima de toda Ley y Autoridad humana la Ley Suprema de la Verdad y la Suprema Autoridad del Espíritu, y en un tan íntimo reconocimiento encuentren una perfecta libertad y descansen en ella (una libertad interior que ninguna condición externa podría quitarles ni limitar), no pueden desconocer en las Leyes y Autoridades humanas otras tantas manifestaciones y emanaciones de la Ley y Autoridad Divina, en la cual únicamente pueden aquéllas ejercer y poseer el poder.
Por esta razón el iniciado, si bien perfectamente libre de todo espíritu de sujeción o humillación, se impone el deber de respetar las Leyes y Autoridades del país en que se encuentre, sin discutir su legitimidad; y si fuera víctima de un atropello o de una injusticia, no se opondrá al adversario, sino que esperará de la Ley y del Poder Supremo aquella perfecta justicia que nunca será esperada en vano cuando se tenga en ella absoluta confianza.
En otras palabras, el iniciado ve a los hombres y a las cosas como expresiones muchas veces inconscientes de poderes, fuerzas, leyes o necesidades que aquellos desconocen: por esta razón, nunca inculpa a los hombres y a las circunstancias, sino que acepta serenamente la apariencia del mal, sin dejarse cegar por éste, y sin considerarlo como definitivo (en cuyo caso él mismo se haría su esclavo y su víctima), pero sí preparándose para ver doquiera el triunfo inevitable de la Justicia y del Bien.
Por consiguiente, el verdadero iniciado nunca será un revolucionario o un rebelde, un conspirador en contra de la Ley de la Autoridad constituida: conociendo la ilusión de los medios y remedios exteriores, procurará remediar interiormente las cosas y males externos; y esto se hace por medio de la comprensión del amor y de la cooperación más útil, eficaz y constructivamente que con medios exteriores de violencia y rebeldía.
Para los masones, las Leyes y Autoridades Masónicas (así como las Leyes y Autoridades Religiosas para los miembros de determinada religión) deben ser consideradas con respeto, así como las Leyes y Autoridades exteriores. Pero, por encima de estas leyes escritas, el verdadero masón debe recordar que la Suprema y más verdadera Ley Masónica es la que el Gran Arquitecto graba en el corazón de todo Adepto fiel, es decir, la que es interiormente reconocida como expresión de la misma Verdad; y que ninguna autoridad Masónica es superior a la Suprema Autoridad del Gran Arquitecto, que es el Principio y la Realidad sobre la cual descansa todo el Universo.

1 comentario:

  1. El respeto a la Ley en general y las autoridades legítimamente constituidas en un territorio o institución es primordial para la buena convivencia entre ciudadanos, hermanos o habitantes, considerando que es el principio básico y la virtud que se debe practicar y más aún en nuestra Augusta Institución donde no existe cabida para posturas irreflexivas y ególatras, lo cual exige cultivar entre sus adeptos la prudencia, moderación, disernimiento y reflexión de nuestros actos

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